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En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 e diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparerencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:
* Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña, que es de un 10% sin perjuicio de tipos reducidos del 5%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resule superior.
Para más información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace:
www.atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/
* Gastos de notaría: los honorarios notariales se calcularán conforme el aráncel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre.
* Gastos de Registro: la inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 14/27/1989 de 17 de noviembre.
* Gastos de gestión: los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral serán los que determine la gestoría de la entidad bancaria del comprador.
* Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.